Empleabilidad


Cada vez con mayor intensidad la legislación y normativa nacional se enriquecen incorporando el tema de la acreditación. Tanto la legislación, como el Servicio Civil y la Caja Costarricense de Seguro Social incorporan referencias importantes a la acreditación en materia de contratación.

Adicionalmente, el SINAES mantiene encuentros con empleadores, tanto del sector público como privado para mantener informados a los directores de Recursos Humanos en de las instituciones y empresas en torno a la importancia de reconocer en las elecciones de personal a graduados de carreras acreditadas

Obligación de las instituciones del Estado de considerar en sus contrataciones a los graduados de carreras acreditadas

Como un estímulo a la acreditación y a los egresados de carreras acreditadas, el Estado Costarricense en la Ley de Fortalecimiento del SINAES No. 8798, publicada en el Diario Oficial La Gaceta en su artículo 4, se establece:

“El Estado y sus instituciones procurarán contratar personal graduado de carreras oficialmente acreditadas.

Se autoriza al Estado y a sus instituciones para que establezca, en los concursos de antecedentes, las condiciones necesarias para diferenciar entre los graduados de carreras oficialmente acreditadas. En los casos en los que poseer grado académico y título profesional sea requisito de contratación”.

Puntos adicionales otorgados por la Dirección General del Servicio Civil

El Régimen de Servicio Civil es un sistema jurídico-administrativo, creado para atraer y mantener en el servicio público al personal con mayores méritos.

Es muy común que en los concursos de la Dirección General del Servicio Civil aparezca dentro de los “predictores de selección” el tema de la acreditación, de esta forma quienes se graduaron de carreras con el sello de calidad del SINAES y cumplan con los requisitos establecidos, obtienen puntos adicionales.

Lo anterior está acorde con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 8798:

“El Estado y sus instituciones procurarán contratar personal graduado de carreras oficialmente acreditadas.

Se autoriza al Estado y a sus instituciones para que establezcan, en los concursos de antecedentes, las condiciones necesarias para diferenciar entre los graduados de carreras oficialmente acreditadas, en los casos en que poseer grado académico y título profesional sea requisito de contratación”.

Políticas de la Caja Costarricense de Seguro Social

Asimismo, dentro de la política integral de Recursos Humanos: gestión, empleo y salarios 2013, aprobada por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), título Marco Estratégico: Visión institucional en materia de recursos, se incluye lo siguiente:

“Otros aspectos relativos al recurso humano de la CCSS, considerados en la imagen institucional objetivo al 2025, son los siguientes:

f) Todos los profesionales y técnicos en salud contratados por la Institución provienen de carreras debidamente acreditadas.

Este inciso se debe interpretarse en el sentido que la CCSS, reconociendo la importancia de la calidad de los recursos humanos a contratar, establece como meta al año 2025 que sus recursos humanos contratados provengan de carreras acreditadas.

 

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